11/01/2024
Es lo mismo, pero no es lo mismo. Antes, podía entender la aversión al matrimonio por cuestiones religiosas (o antireligiosas). Pero ahora, en España, ha desaparecido la imposición (legal o social) del matrimonio canónico. Y es más, el 95 % de los matrimonios canónicos que conozco me consta que son nulos de pleno derecho (según el Código Canónico).
Para empezar, pensemos en nosotros, la propia pareja que está pendiente de tomar esa decisión. Para nosotros, primeros, por nuestros principios éticos, ¿qué hacemos?. Y segundo, por nuestras circunstancias personales (hijos, patrimonio común, necesidad de ayuda,…), ¿qué nos conviene?
Vamos a nuestras circunstancias personales. Hay dos momentos relevantes, durante la conviviencia y los supuestos de crisis o ruptura.
Así, en la convivencia, tenemos que pensar que tiene que ser una forma de familia, casados o no. No vale, para que tenga cierta equivalencia, el ser “pareja” o ser “novios”; hay que tener un proyecto de vida común para ser “pareja de hecho”. Y hay estamos en el primer problema, sino nos casamos, como acreditamos ese proyecto. Si estamos casados no hace falta ni que vivamos juntos.
Así, cuando ya hay pocos “cuñados” (mayoría de hijos únicos), vamos a pensar en la dificultad para acceder a los permisos por enfermedades, accidentes y demás a suegros (tan necesarios, pues nuestra pareja suele ser hijo único). Algo nos van a pedir para acreditar esa relación de parentela.
El patrimonio que hagamos es de cada uno. Aquí es parecido a casarse en separación de bienes. Si hay patrimonio común (el piso dónde vivimos que compramos a medias), el conflicto está servido, estemos casados o no. Y si un cónyuge se aprovecha del otro de la manera que sea, existe siempre la posibilidad de reclamarle la compensación, indemnización, que sea procedente. Digo que me da igual que el piso lo compré yo, y durante 10 años pusimos una caja común para pagar los gastos. El conflicto en caso de no matrimonio es más probable, en tanto es más difícil la prueba. Si hay matrimonio, existe más “seguridad jurídica” (aunque tampoco mucha).
Y si ya tenemos hijos en común, nos salimos. Por supuesto que nunca quedarían desprotegidos, vivamos o no juntos, nos casemos o no; pero eso no quita los problemas que pueden producirse. ¿Y cuando se producen? Tenemos miedo del supuesto de ruptura, pero los problemas surgen incluso sin ruptura. Ya desde el nacimiento. Para empezar, la inscripción en el Registro Civil tienen que ir los DOS progenitores (en caso de matrimonio vale solo uno). ¿Es lo mismo?
Si vamos al supuesto de ruptura sin hijos y sin patrimonio común. Pues no hay nunca problema. Me da igual estar casado, pues el divorcio lo puedo hacer hasta en el notario de un día para otro. Pero es mejor estar previamente casado. Como me decía un amigo que se planteaba casar en 2º nupcias, ya en edad madura: “es un seguro gratis que paga el estado”. Si le pasa algo a ella, me queda la viudedad (o al contrario), tengo todos los permisos, los beneficios sociales de la empresa, mi heredera sigue siendo mi hija (aunque puedo dejarle algo, por testamento a mi actual esposa), y no hace falta ni que vivamos juntos.
En resumen, mi consejo es que te cases, es mejor que vivir juntos. Ahora, según tus circunstancias concretas, veremos. En cualquier caso, siempre se pueden hacer capitulaciones matrimoniales (suenan a las de Santa Fé); a ver, no son más que acuerdos patrimoniales, desde una simple separación de bienes, hasta algo más completo.
Consulta cuál es tu duda, y veremos tu caso.
¿A qué tienes miedo del matrimonio? Yo, a la constancia y simbólica del compromiso. Da impresión que, como no he firmado nada, no me comprometo a nada. Pero cuidado si:
- Uno se aprovecha económicamente del otro.
- Existe patrimonio común.
- Existen hijos en común.
Problema garantizado, más que casados. Por que alguno de los dos piensa que a él no le afecta.
Bueno, vale por hoy. Si eso, preguntad y vamos viendo.